Información Legal
Los extranjeros pueden hacer compras de propiedades directamente en el interior de la república Mexicana.
Los extranjeros no pueden adquirir propiedades directamente dentro del área de 100 kilómetros de la frontera y 50 kilómetros de la costa. Esta área se conoce como zona restringida.
Sin embargo, es posible adquirir derechos para usar, mejorar y disfrutar de propiedades en la zona restringida a través de un Fideicomiso bancario autorizado por el Gobierno de México bajo la Secretaría de Relaciones Exteriores.
El Fideicomiso se establece por un plazo renovable de 50 años y otorga al beneficiario el derecho de usar, alquilar, modificar o vender la propiedad.
Una ventaja del fideicomiso bancario es que no se necesita un testamento ya que deben nombrarse beneficiarios sustitutos.
La propiedad adquirida para uso comercial por extranjeros puede ser adquirida sin necesidad de un fideicomiso bancario, siempre que la propiedad se encuentre en una sociedad mexicana. Dependiendo del tipo de negocio, a menudo es posible que un extranjero sea dueño del 100% de la sociedad mexicana.
En una transacción típica, se utilizará una carta oferta o acuerdo de compra-venta. Esto es como para estár sujeto a un acuerdo de venta formal que será ejecutado al cierre por un Notario Público.
La Carta oferta o acuerdo de compra-venta debe estipular un precio, fecha de cierre y términos generalmente en efectivo ya que el financiamiento bancario no está disponible, pero en algunos casos el financiamiento particular está disponible. Otras contingencias pueden negociarse e incorporarse al acuerdo. Xcalak Realty proporcionará un acuerdo de venta tanto en español como en inglés si compra a través de nosotros.
Las transacciones de bienes raíces son “cerradas” por un Notario Público, es un abogado oficial del gobierno que actúa como intermediario neutral. Entre otras cosas, el notario es responsable de la formalización del contrato inmobiliario definitivo, el cobro de los impuestos de transferencia, el impuesto sobre la resta (ISR) y la inscripción de la transferencia en el Registro Público.
Sin embargo, el notario no es su abogado y, al igual que con cualquier inversión, debe buscar un asesor legal mexicano independiente antes de proceder. El abogado que lo representa es el que debe seleccionar un notorio para procesar la transacción.